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Tribunal falló contra buscador de tesoros
Lun 10 Ene 2011, 10:04 pm
Tribunal falló contra buscador de tesoros
DOMINGO, 23 DE MAYO DE 2010
por Andrés López Reilly
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo falló en contra de un recurso presentado por una empresa para rescatar un naufragio del siglo XVIII. Las búsquedas de tesoros continúan prohibidas en el país por un decreto firmado en 2006.
En 2003 la empresa Alacir S.A., integrada por inversionistas argentinos, hizo una solicitud para buscar los restos del bergantín español "La Liebre", que naufragó en las costas de Maldonado el 7 de julio de 1749. El planteo fue reiterado más de una vez y también observado, hasta que tres años después, un decreto firmado por el entonces presidente de la República, Tabaré Vázquez, puso fin a toda pretensión de búsqueda privada de éste y cualquier otro naufragio en el país.
En efecto, el decreto el 306/06, redactado con el asesoramiento de la Comisión de Patrimonio Histórico, suspendió la recepción de nuevas solicitudes de búsquedas de naufragios y dio de baja aquellas que estaban en régimen de espera. Esto hizo que -en los hechos- en los últimos cuatro años no se haya podido rescatar un solo elemento de un barco hundido frente a Uruguay.
El decreto reconoce que el país "carece de un marco legal específico" que regule la gestión del patrimonio cultural subacuático y señala que "la experiencia recogida ha sido perjudicial desde el punto de vista del producto cultural y económico", siendo necesario "generar la normativa jurídica alternativa que permita un tratamiento adecuado desde el punto de vista científico cultural y económico".
Desde 2006, el Estado no modificó la normativa y tampoco aportó fondos para permitir la recuperación, el mantenimiento o exhibición del patrimonio cultural subacuático. Sin embargo, en este período, sí recibió anuncios de demandas o acciones judiciales concretas de los buscadores de tesoros que se sintieron afectados en sus intereses, como es el caso de Alacir S.A.
"Ilegítimo"
La acción de nulidad de la empresa Alacir S.A. contra el decreto de Vázquez -que también lleva la firma de la ministra de Defensa de la época, Azucena Berruti- fue promovida por el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay, Martín Risso Ferrand.
Consultado por El País, Risso Ferrand señaló que se trata de un decreto "ilegítimo", que "limita derechos humanos sin ley habilitante", contraviniendo la Constitución de la República. Sin embargo, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCR), entendió otra cosa y desestimó la demanda, confirmando el acto impugnado.
El abogado defensor indicó que frente a este fallo, eventualmente podría recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aunque esa posibilidad aún no ha sido manejada por los socios argentinos de la empresa. En su escrito, el jurista afirma que el decreto 306/06 vulnera derechos consagrados en la Carta Magna, como "los de propiedad, seguridad y certeza jurídica", además de "el derecho a la libertad de empresa".
Por otra parte, indica que el decreto es contrario a derecho en la medida en que aplica una nueva normativa, en forma retroactiva, modificando -en perjuicio de particulares- "situaciones legítimas anteriores de las que derivan derechos adquiridos".
Fallo
La resolución del TCR señala que Alacir S.A. "no ha demostrado ser titular de un derecho vulnerado por el decreto en causa". Señala que las solicitudes de prospección submarina de la empresa -entre 2003 y 2006- recibieron "serias observaciones" de la Comisión de Patrimonio Histórico, dependiente del MEC, que históricamente se opuso a la actividad de los llamados "buscadores de tesoros". (Producción: Marcelo Gallardo)
Las cifras
261 Es la cantidad de años que hace que el bergantín español "La Liebre" se fue el fondo de las aguas del Río de la Plata.
4 años Desde 2006 no se ha extraído en forma legal ni una pieza de barcos hundidos frente a las costas uruguayas.
La fragata que no existía
La Comisión de Patrimonio Histórico, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura, tuvo un polémico debut en el contralor del patrimonio cultural subacuático al declarar, a mediados de la década de 1980, "patrimonio histórico nacional" los restos de la fragata Nuestra Señora de Loreto. Esta embarcación se hundió en 1792 dentro del puerto de Montevideo. Esa resolución derivó en un largo juicio que le entabló al Estado el buscador de tesoros Rubén Collado, quien tenía un contrato para trabajar en la zona -ya había invertido tiempo y dinero- y cobró una millonaria cifra en dólares al cabo del proceso judicial. Más recientemente, una prospección arqueológica privada, que se realizó en el lugar, previo a la ampliación de la terminal de contenedores portuaria de la empresa TCP, concluyó que la Loreto "no existe".
http://www.portaldeluruguay.com/index.php?option=com_content&task=view&id=11510&Itemid=158
DOMINGO, 23 DE MAYO DE 2010
por Andrés López Reilly
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo falló en contra de un recurso presentado por una empresa para rescatar un naufragio del siglo XVIII. Las búsquedas de tesoros continúan prohibidas en el país por un decreto firmado en 2006.
En 2003 la empresa Alacir S.A., integrada por inversionistas argentinos, hizo una solicitud para buscar los restos del bergantín español "La Liebre", que naufragó en las costas de Maldonado el 7 de julio de 1749. El planteo fue reiterado más de una vez y también observado, hasta que tres años después, un decreto firmado por el entonces presidente de la República, Tabaré Vázquez, puso fin a toda pretensión de búsqueda privada de éste y cualquier otro naufragio en el país.
En efecto, el decreto el 306/06, redactado con el asesoramiento de la Comisión de Patrimonio Histórico, suspendió la recepción de nuevas solicitudes de búsquedas de naufragios y dio de baja aquellas que estaban en régimen de espera. Esto hizo que -en los hechos- en los últimos cuatro años no se haya podido rescatar un solo elemento de un barco hundido frente a Uruguay.
El decreto reconoce que el país "carece de un marco legal específico" que regule la gestión del patrimonio cultural subacuático y señala que "la experiencia recogida ha sido perjudicial desde el punto de vista del producto cultural y económico", siendo necesario "generar la normativa jurídica alternativa que permita un tratamiento adecuado desde el punto de vista científico cultural y económico".
Desde 2006, el Estado no modificó la normativa y tampoco aportó fondos para permitir la recuperación, el mantenimiento o exhibición del patrimonio cultural subacuático. Sin embargo, en este período, sí recibió anuncios de demandas o acciones judiciales concretas de los buscadores de tesoros que se sintieron afectados en sus intereses, como es el caso de Alacir S.A.
"Ilegítimo"
La acción de nulidad de la empresa Alacir S.A. contra el decreto de Vázquez -que también lleva la firma de la ministra de Defensa de la época, Azucena Berruti- fue promovida por el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay, Martín Risso Ferrand.
Consultado por El País, Risso Ferrand señaló que se trata de un decreto "ilegítimo", que "limita derechos humanos sin ley habilitante", contraviniendo la Constitución de la República. Sin embargo, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCR), entendió otra cosa y desestimó la demanda, confirmando el acto impugnado.
El abogado defensor indicó que frente a este fallo, eventualmente podría recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aunque esa posibilidad aún no ha sido manejada por los socios argentinos de la empresa. En su escrito, el jurista afirma que el decreto 306/06 vulnera derechos consagrados en la Carta Magna, como "los de propiedad, seguridad y certeza jurídica", además de "el derecho a la libertad de empresa".
Por otra parte, indica que el decreto es contrario a derecho en la medida en que aplica una nueva normativa, en forma retroactiva, modificando -en perjuicio de particulares- "situaciones legítimas anteriores de las que derivan derechos adquiridos".
Fallo
La resolución del TCR señala que Alacir S.A. "no ha demostrado ser titular de un derecho vulnerado por el decreto en causa". Señala que las solicitudes de prospección submarina de la empresa -entre 2003 y 2006- recibieron "serias observaciones" de la Comisión de Patrimonio Histórico, dependiente del MEC, que históricamente se opuso a la actividad de los llamados "buscadores de tesoros". (Producción: Marcelo Gallardo)
Las cifras
261 Es la cantidad de años que hace que el bergantín español "La Liebre" se fue el fondo de las aguas del Río de la Plata.
4 años Desde 2006 no se ha extraído en forma legal ni una pieza de barcos hundidos frente a las costas uruguayas.
La fragata que no existía
La Comisión de Patrimonio Histórico, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura, tuvo un polémico debut en el contralor del patrimonio cultural subacuático al declarar, a mediados de la década de 1980, "patrimonio histórico nacional" los restos de la fragata Nuestra Señora de Loreto. Esta embarcación se hundió en 1792 dentro del puerto de Montevideo. Esa resolución derivó en un largo juicio que le entabló al Estado el buscador de tesoros Rubén Collado, quien tenía un contrato para trabajar en la zona -ya había invertido tiempo y dinero- y cobró una millonaria cifra en dólares al cabo del proceso judicial. Más recientemente, una prospección arqueológica privada, que se realizó en el lugar, previo a la ampliación de la terminal de contenedores portuaria de la empresa TCP, concluyó que la Loreto "no existe".
http://www.portaldeluruguay.com/index.php?option=com_content&task=view&id=11510&Itemid=158
Re: Tribunal falló contra buscador de tesoros
Mar 11 Ene 2011, 11:42 am
muy interesante! gracias x el aporte
- Norberto UgaldeModerador
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Re: Tribunal falló contra buscador de tesoros
Mar 11 Ene 2011, 11:47 am
De nada compañero.
Saludos
Saludos
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